La Fiscalidad de las cuotas y de las prestaciones del Plan Junior, depende de la cobertura que se contrate.
A continuación puedes comprobar en detalle un cuadro con las características desde el punto de vista de las aportaciones y de las prestaciones:
Cobertura de Ahorro
Tratamiento Fiscal
Mientras pagas las aportaciones
No reducen la base imponible en el IRPF. Son aportaciones que efectúa el menor.
Cuando el mutualista Junior cobra las prestaciones
Si las cobra al vencimiento.
Cualquiera de las opciones disponibles tributa en IRPF como rendimiento del capital mobiliario. El tipo de gravamen es del 19% (Durante los años 2012 y 2013, el tipo de gravamen es del 21% los primeros 6.000 euros, 25% los siguientes hasta 24.000 euros y 27% el resto).
Garantía básica para caso de fallecimiento del mutualista Senior del 10% (1,1% mayores de 65 años).
La suma asegurada tributa en el momento del abono de la prestación de ahorro como rendimiento del capital mobiliario.
En caso de fallecimiento del mutualista junior.
Los beneficiarios del saldo acumulado tributan en el impuesto de sucesiones.