Fiscalidad en el seguro de Accidentes Universal
La fiscalidad de las cuotas y de las prestaciones correspondientes a esta cobertura es la siguiente:
Fiscalidad de las cuotas
Las cuotas abonadas por seguros de accidentes dan derecho a deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a los profesionales que ejerzan por cuenta propia con un límite de 4.500 euros.
Fiscalidad de las prestaciones
Según la legislación vigente, cualquier prestación derivada de la cobertura de fallecimiento, tributará por el impuesto de Sucesiones y Donaciones.
En el caso de la prestación derivada de la cobertura de Incapacidad Permanente (Absoluta o Parcial), se considerará rendimiento de capital mobiliario la diferencia entre el capital percibido y el importe de las cuotas satisfechas.