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Preguntas Frecuentes, cobertura de Dependencia - Mutualidad de la Abogacía
Protección Económica. Situación de Dependencia

Preguntas frecuentes

¿En qué consiste la cobertura de Dependencia?

La cobertura de Dependencia te garantiza una renta mensual vitalicia en caso de que, por enfermedad, accidente o por el efecto del envejecimiento, perdieras la autonomía física, psíquica o intelectual y, por ello, precisaras de ayuda para realizar las tareas básicas de tu vida diaria.

¿Se cubren varios grados de Dependencia en la cobertura que ofrece la Mutualidad en su Plan Universal?

La Mutualidad cubre las situaciones de Gran Dependencia y Dependencia Severa. La primera se produce cuando se necesita del apoyo indispensable y continuo de una persona, para realizar las actividades diarias, por la pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial; y la Dependencia Severa, cuando se necesita ayuda para varias actividades básicas de la vida diaria, dos o tres veces al día, sin necesidad de un apoyo permanente para la autonomía personal.

¿Cuáles son las opciones de Contratación?

La prestación por Dependencia consiste en el cobro por el mutualista de una renta vitalicia mensual que se puede elegir entre distintos niveles: 600, 1200, 1.800 o 2.400 euros al mes, pudiendo ser constante o creciente anualmente un 2% a partir del reconocimiento de la situación de Dependencia, y un capital equivalente a 5 mensualidades de renta, para hacer frente a los gastos iniciales.

¿Cuál es el precio de esta cobertura?

Las cuotas que el mutualista deberá pagar para suscribir esta cobertura dependerán de la edad y el sexo, y podrán satisfacerse mediante pagos periódicos o también se podrá hacer frente a la cobertura mediante una cuota única o la detracción de ésta del saldo acumulado en el Plan Universal.