Cómo funciona
La cobertura de Incapacidad Temporal Profesional está dividida en:
- La cobertura básica que comprende: la baja diaria por enfermedad o accidente, la maternidad, que a su vez incluye el aborto involuntario y la adopción, el peligro vital de la madre o el feto y la hospitalización por patologías del embarazo; así como las patologías psicológicas y psiquiátricas.
- y las garantías optativas de: subsidio por hospitalización, indemnización por intervenciones quirúrgicas y tratamientos, e incapacidad temporal parcial.
Cobertura Básica (Ver garantías)
En la cobertura básica se incluyen las siguientes garantías:
Indemnización por enfermedad o accidente
Consiste en el cobro de una cantidad diaria por cada día natural que el mutualista asegurado se encuentre en situación de incapacidad temporal profesional reconocida, conforme a lo establecido en el Reglamento del Plan Universal.
Pago único por parto, aborto involuntario o adopción
Darán derecho a prestación los partos o abortos involuntarios derivados de embarazos de la mutualista y las adopciones de hijos menores de 6 años que tengan lugar una vez transcurrido un período de carencia de 300 días desde la contratación de la garantía hasta que se produzca la contingencia.
En función de la opción elegida la prestación estará comprendida entre un mínimo de 1.800 € y un máximo de 5.400 €.
Paternidad
Cobro único en caso de paternidad.
Indemnización por lactancia
Cobro único en caso de lactancia por parto indemnizado.
Indemnización por peligro vital de la madre o del feto
Cobro de la indemnización diaria contratada por cada día que la vida de la madre mutualista asegurada o el feto se encuentren en situación de peligro, siendo necesario por parte de ésta el mantenimiento de una situación de reposo absoluto.
Indemnización por hospitalización por patologías del embarazo
Se trata del cobro de una indemnización adicional equivalente al 50 % de la cantidad diaria contratada por cada día que la mutualista permanezca hospitalizada como consecuencia de patologías derivadas del embarazo.
Indemnización por patología psicológica o psiquiátrica
Se trata del cobro de una indemnización por cada día que al mutualista asegurado le sea reconocida una patología de este tipo. Con un máximo de 15 días naturales.
OPCIÓN A
OPCIÓN B
OPCIÓN C
Incapacidad por enfermedad o accidente que no requiere hospitalización (máximo 365 días)
30 € día
60 € día
90 € día
Pago único por parto, aborto involuntario o adopción
1.800 €
3.600 €
5.400 €
Pago único por paternidad
450 €
900 €
1.350 €
Lactancia (pago único)
75 €
150 €
225 €
Cobertura por peligro vital de la madre o el feto
30 € día
60 € día
90 € día
Hospitalización por patologías del embarazo (máximo 7 días)
15 € día
adicionales
30 € día
adicionales
45 € día
adicionales
Patología psicológica o psiquiátrica (máximo 15 días)
30 € día
60 € día
90 € día
Garantías Opcionales (Ver garantías)
Las garantías opcionales, de contratación voluntaria, incluyen las siguientes coberturas e indemnizaciones:
Indemnización por hospitalización derivada de enfermedad o accidente
Se trata del cobro de una indemnización adicional equivalente al 50 % de la cantidad diaria contratada por cada día que el mutualista permanezca hospitalizado como consecuencia de enfermedad o accidente. A estos efectos se considera día de hospitalización los internamientos iguales o superiores a 24 horas.
Indemnización por intervención quirúrgica y tratamientos
Se trata del cobro de una indemnización adicional por intervención quirúrgica y tratamientos consecuencia de enfermedad o accidente equivalente al pago de una cantidad adicional por cada punto asignado conforme al baremo de intervenciones.
Incapacidad Temporal Parcial
Corresponde por esta cobertura el cobro de una indemnización adicional por enfermedad o accidente, por el 50% del importe correspondiente a la garantía de indemnización por enfermedad y accidente, y por un periodo equivalente al 10% de los días de duración del siniestro de incapacidad temporal, con un mínimo de 1 día y un máximo de 15.
Nota: existe una franquicia de 7 días excepto para el caso de parto, aborto, adopción y las incapacidades temporales parciales. Para que las garantías tomen efecto se requiere un plazo de carencia de 2 meses, excepto para aquellas relacionadas con el embarazo y/o maternidad que será de 300 días y la de intervenciones quirúrgicas y tratamientos que será de 180 días. En caso de accidente no se aplicará ningún plazo de carencia.
OPCIÓN A
OPCIÓN B
OPCIÓN C
Hospitalización por enfermedad o accidente
15 € día
adicionales
30 € día
adicionales
45 € día
adicionales
Intervenciones quirúrgicas y tratamientos
Puntos Baremo x
30 €
Puntos Baremo x
60 €
Puntos Baremo x
90 €
Incapacidad temporal parcial (máximo 15 días)
15 € día del 10% de días baja
30 € día del 10% de días baja
30 € día del 10% de días baja
Para esta cobertura existen 3 opciones de indemnización 30, 60 y 90 euros diarios, siendo éste último el máximo a contratar entre los dos sistemas del Plan Universal en los que es posible su suscripción, Sistema de Previsión Profesional (alternativo al RETA) y Sistema de Ahorro Flexible (SVA).
La franquicia estándar es de 7 días, es decir que no se indemnizan enfermedades cuya duración esté comprendida en este periodo.