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Plan Universal de la Abogacía
El Plan Universal de la Abogacía, constituye un instrumento de seguro totalmente flexible, destinado a constituir la previsión privada de las personas que directa o indirectamente están relacionadas con el Derecho así como la previsión pública como alternativa al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), de aquellos profesionales del Derecho que ejercen por cuenta propia.
Ofrece, bajo un mismo Plan, soluciones personales según la finalidad y necesidades fiscales, mediante tres opciones:
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Sistema de Previsión Social Profesional: es alternativo al régimen de autónomos, con la ventaja de que es un sistema de capitalización individual y por tanto las aportaciones se atribuyen a la cuenta individual del mutualista, a diferencia del sistema público, que se financia por reparto.
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Sistema de Previsión Personal: es el sistema de ahorro-previsión que goza de la misma fiscalidad que los planes de pensiones y en el que, por lo tanto, las aportaciones efectuadas reducen la base imponible del IRPF.
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Sistema de Ahorro Flexible (PIAS): Es un seguro de vida ahorro que permite, siempre y cuando se cumplan los requisitos que marca la Ley, beneficiarse de la exención fiscal sobre los rendimientos obtenidos en el momento de recibir la prestación.
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Sistema de Ahorro Flexible (SVA): Este seguro de vida ahorro, te permite realizar aportaciones sin límites, con la fiscalidad de los productos ahorro-inversión (el 18% sobre los rendimientos).
Los antiguos Planes de Previsión de capitalización colectiva, ya no están en vigor, salvo que para los mutualistas hubiesen optado por su mantenimiento, según acuerdo se Asamblea de 26/11/2005.
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