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La cobertura básica para el caso de fallecimiento en los tres sistemas, es igual al valor de acumulación existente para la cobertura de Jubilación en el momento del fallecimiento, más el 10% del citado valor acumulado al final del mes anterior, o el porcentaje distinto que figure en las Condiciones Particulares, sin que dicho capital adicional supere el límite máximo de 10.000 euros.
Puedes ampliar hasta 300.000 euros adicionales, entre los tres sistemas. |
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Si estás interesado en ampliar información sobre nuestros seguros y servicios, sólo tienes que enviarnos una consulta desde el apartado de Sugerencias o dirigirte al Servicio de Atención al Mutualista: 902 25 50 50. Volver |
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