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 viernes 21/11/2008
Asegura tus Ingresos: Incapacidad Temporal
 

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Este Plan constituye la prestación básica y mínima para las contingencias de defunción, viudedad e invalidez de los/las mutualistas inscritos hasta el 31 de Diciembre de 1987.

Prestaciones

  1. Subsidio de Defunción. Se realiza un único pago del capital suscrito a los beneficiarios designados por el mutualista fallecido.
  2. Prestación de Jubilación.
    • A los 69 años, para aquellos mutualistas que el 1 de Enero de 1996 tenían menos de 60 años.
    • A los 70 años, para aquellos mutualistas que el 1 de Enero de 1996 tenían más de 60 años y no se han acogido a la reducción de la edad de jubilación.
  3. Prestación de Invalidez. Prestación vitalicia en caso de incapacidad permanente y total.
  4. Prestación de Viudedad/Orfandad. Prestación vitalicia a favor del cónyuge o de los hijos menores y los incapacitados, del importe suscrito o del 70% de la prestación de jubilación suscrita.
  5. Prestación en favor de los padres del mutualista. Prestación vitalicia, de la misma cuantía que por viudedad, a favor de los padres del mutualista, siempre que:
    • Al fallecer no exista cónyuge o hijos con derecho a las prestaciones de orfandad.
    • Los padres estén incapacitados para el trabajo o sean septuagenarios y acrediten que vivían a expensas del fallecido.

  IMPORTE
PRESTACIÓN Euros
Subsidio de Defunción Hasta 7.512,65
Prestación de Jubilación (anuales) Hasta 7.212,15
Prestación de Invalidez (anuales) Hasta 7.212,15
Prestación de Viudedad 70% sobre la prestación de jubilación

Los Mutualistas podéis ampliar esta información (primas, reglamentos, etc.) en el Área del Mutualista de la web.

Además, cualquier visitante de la web interesado en ampliar la información sobre nuestros seguros y servicios, sólo tiene que enviarnos una consulta desde el apartado Sugerencias o dirigirse al Servicio de Atención al Mutualista: 902 25 50 50.


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