Accidentes Universal

Accidentes Universal. Mutualidad de la Abogacía

Accidentes Universal

Gana en tranquilidad

Ante cualquier accidente que pueda surgir,
tú y tu familia estáis cubiertos.

  • Tú decides qué coberturas: incapacidad permanente y/o fallecimiento por accidente…
  • Y qué cantidades deseas asegurar
  • … Y por muy poco dinero

Tu Accidentes Universal

Hay cosas que no podemos evitar que pasen, pero sí podemos garantizar la seguridad que los nuestros necesitan en esos casos.

¿Qué te ofrecemos? Un seguro que te permite disponer de una suma asegurada en caso de incapacidad permanente (absoluta o parcial) y/o una indemnización a favor de tus beneficiarios en caso de fallecimiento derivado de un accidente.

Tu seguro se adapta a ti

Tú decides qué coberturas y qué cantidades deseas asegurar sabiendo que, en cualquier momento, puedes modificar el seguro para ajustarlo a tus circunstancias personales.
Además, podrás pagarlo como te resulte más cómodo (mensual, trimestral, semestral o anualmente) sin ningún tipo de coste adicional.

Tú decides la cobertura

Puedes contratar estas coberturas conjunta o separadamente

Incapacidad permanente por accidente
Incapacidad Permanente AbsolutaTe garantiza el cobro de una renta o de un capital único por la suma asegurada que tú escojas, en caso de que por un accidente no pudieras seguir ejerciendo tu profesión ni cualquier otra.
Incapacidad Permanente ParcialTe garantiza el cobro de un porcentaje de la suma asegurada por las lesiones o pérdidas anatómico-funcionales de carácter permanente, en función de la gravedad de las mismas, según el baremo incluido en el contrato.
Coberturas adicionales
  • Implantación de prótesis ortopédica, en caso de ser necesaria, hasta 5.000 euros.
  • Cirugía plástica reparadora hasta 2.500 euros.
  • Adaptación de la vivienda, el despacho y/o el automóvil hasta 2.500 euros.
Cobertura opcional de Incapacidad Permanente por accidente de circulaciónLa Mutualidad duplica el valor de la prestación en caso de que la contingencia se produzca por los siguientes supuestos:
  • Como peatón cuando el accidente sea causado por un vehículo.
  • Como conductor, pasajero o usuario de un vehículo terrestre.
Fallecimiento por accidente
FallecimientoGarantiza a los beneficiarios el cobro de una renta o de un capital único por la suma asegurada que tú escojas.
Coberturas adicionalesEsta cobertura incluye, de manera automática, los siguientes complementos, siempre que tengan origen en un accidente cubierto por la póliza:
  • Anticipo de hasta 5.000 euros para gastos de sepelio.
  • Asesoramiento legal a los beneficiarios.
Coberturas opcionales por Fallecimiento en accidente de circulaciónLa Mutualidad duplica el valor de la prestación en caso de que la contingencia se produzca por los siguientes supuestos:
  • Como peatón cuando el accidente sea causado por un vehículo.
  • Como conductor, pasajero o usuario de un vehículo terrestre.

6 niveles de indemnización

¿Qué capital asegurado deseas contratar?

Además de elegir las coberturas, tú decides el capital asegurado entre nuestras seis opciones de contratación: 100.000, 125.000, 150.000, 200.000, 250.000 o 300.000 euros, para cada una de las coberturas de Fallecimiento e Incapacidad Permanente y Absoluta.

A la hora de cobrar la prestación, los beneficiarios deciden si lo hacen en forma de renta o capital único.

Al mejor precio

10,59 €

Por solo 10,59 euros al mes tendrás un capital asegurado de 150.000 euros en caso de accidente en todas las coberturas.

Cuota mensual*
Suma aseguradaIncapacidad PermanenteFallecimientoIncapacidad Permanente + FallecimientoIncapacidad Permanente por accidente de circulaciónFallecimiento por accidente de circulaciónTodas las coberturas
100.0000,883,274,150,622,297,06
125.0001,14,095,190,772.868,82
150.0001,334,96,230,933,4310,59
200.0001,776,548,311,244,5814,13
250.0002,218,1710,381,555,7217,65
300.0002,659,8112,461,866,8621,18
* No incluye Consorcio y CLEA, que se abonarán en el primer recibo de cada aniversario de la póliza (máximo 3,36 € anuales).
* Las coberturas pueden contratarse de forma conjunta o individualmente.
Cantidades expresadas en euros.

Ventajas fiscales

Las cuotas y las prestaciones tienen diferente fiscalidad

Fiscalidad de las cuotasLas cuotas abonadas por seguros de accidentes dan derecho a deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a los profesionales que ejercen por cuenta propia, con un límite de 13.414,29 € anuales.
Fiscalidad de las prestacionesEn los casos en que la cuota haya sido objeto de deducción, las prestaciones por Fallecimiento e Incapacidad Permanente tributarán por rendimientos de trabajo.
En el supuesto de percibir la prestación de Incapacidad Permanente en forma de renta vitalicia, estará exenta hasta el máximo que reconozca la Seguridad Social.
En los casos que la cuota no sea deducible, las prestaciones por Incapacidad Permanente tendrán la consideración de rendimiento de capital mobiliario. Las prestaciones por Fallecimiento tributarán por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Contrata ya tu seguro Accidentes Universal

Deberás enviar esta solicitud a la sede de la Mutualidad:

Dirección postal

C/ Serrano, 9. 3ª planta. 28001 Madrid

FAX

914 31 99 15

O, si lo prefieres, te llamamos:

Si estás interesado en contratar un seguro que te cubra de cualquier accidente, el de la Mutualidad te da las mejores coberturas al mejor precio. En mi caso, tengo 37 años, y por algo más de 4 euros al mes me cubre la incapacidad permanente y el fallecimiento en caso de accidente

Juan Miguel, 37 años

Preguntas frecuentes

El Seguro de Accidentes se extinguirá y dejará de tener efecto al término del periodo correspondiente a la última cuota abonada al cumplir los 70 años. Del mismo modo, el seguro se extinguirá cuando se produzca alguna de las contingencias cubiertas.

No podrán contratar este seguro los menores de 14 años ni los mayores de 65 años.

El ámbito geográfico del seguro es mundial, por lo que estaremos cubiertos allí donde estemos.

Además de asegurar el capital, el Seguro de Accidentes incluye coberturas adicionales. En caso de incapacidad, la implantación de prótesis ortopédicas hasta 5.000 euros, cirugía plástica reparadora hasta 2.500 euros y adaptación de la vivienda, despacho y/o automóvil hasta 2.500 euros. En caso de fallecimiento, un adelanto de hasta 5.000 euros para gastos de sepelio y asesoramiento fiscal y legal a los beneficiarios.

Además de elegir las coberturas, se puede elegir también entre seis niveles de indemnización para cada una: 100.000, 125.000, 150.000, 200.000, 250.000 o 300.000 euros. La cuota que se paga es proporcional al capital contratado.

En caso de contratar adicionalmente las coberturas de accidente de circulación, si se produce la contingencia, la Mutualidad abonará una cantidad adicional del mismo importe que la suma asegurada (doble indemnización).