Nivel de Riesgo
1/6 Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo 1/6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo.
Alertas de liquidez
El cobro de la prestación o el ejercicio del derecho de rescate solo es posible en caso de acaecimiento de alguna de las contingencias excepcionales de liquidez regulados en la normativa de planes y fondos de pensiones.

Seguros para autónomos

Plan Alternativo Autónomo

Plan Alternativo Autónomo* con más ventajas que nunca. 3,30% Rentabilidad a cuenta trimestre actual1 + 0,15% bonificación sobre las nuevas aportaciones extraordinarias2 .

Plan Alternativo Autónomo
Excelente rentabilidad
*Rentabilidad a cierre de 2023: 3,83%, pendiente de aprobación por parte de la Asamblea General 2024. Rentabilidades pasadas no presuponen rentabilidades futuras.

*Sistema SVA incluido en el Plan Universal de la Abogacía.

1. Rentabilidad a cierre de 2023: 3,83%, pendiente de aprobación por parte de la Asamblea General 2024.Rentabilidades pasadas no presuponen rentabilidades futuras.

2. Siempre que mantengas tu saldo acumulado hasta fin de año. Bonificación aplicada sobre las aportaciones extraordinarias realizadas del 1/3 al 31/7 de 2024. Ver bases de la promoción.

¿Quieres saber si cumples con las características necesarias para ser mutualista?

Características

En Mutualidad trabajamos cada día para que tengas la seguridad y tranquilidad que necesitas. Y esto se consigue con el Plan Alternativo Autónomo que puedes diseñar “a medida” a partir de unos mínimos.

Principales ventajas de este producto

Cada vez son más las personas que apuestan por el Plan Alternativo Autónomo por los siguientes motivos.

Aportaciones mínimas mensuales*
AñoAportación
1er año65 €
2º año65 €
3er año180 €
4º año210 €
5º año210 €
6º año230 €
*A partir del 6º año las aportaciones son crecientes anualmente un 3%.
Las aportaciones de los nuevos mutualistas hasta la edad de 40 años consideran ya una reducción del 100 % en el importe de las cuotas de las coberturas de riesgo del 1º año y del 50% durante los 2 siguientes años en las coberturas de Incapacidad Permanente e Incapacidad Temporal Profesional.
Sin perjuicio de las aportaciones mínimas establecidas, cuando proceda, la Mutualidad añadirá las necesarias hasta alcanzar como mínimo el límite del 80 % de las cuotas mínimas que hubieran correspondido satisfacerse con carácter general en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o el mínimo de aportación que en cada caso disponga la normativa, al objeto de mantener el carácter alternativo de este sistema de previsión. Para ello, el mutualista deberá aportar la información que le sea requerida sobre sus rendimientos o, en su defecto, la Mutualidad realizará las estimaciones que considere necesarias y, en su caso, se emitirán uno o varios recibos por la cuantía que corresponda y/o se regularizará su sistema de aportaciones futuras.
Edad Ingreso¹ Capital Objetivo Estimado al 3% a los 67 años correspondiente a los mínimos de contratación
20313.805,73€
25233.902,36€
30167.188,53€
35111.155,16€
40123.796,68€
4586.868,57€
5057.315,02€
5533.843,71€
6015.374,88€
651.598,94€
66789,64€
¹ Capital objetivo estimado a los 67 años, a percibir en cualquiera de las formas previstas. Estimado con una hipótesis de rentabilidad del 3,00%
Rentabilidades pasadas no garantizan rentabilidades futuras.

Cóbralo como quieras

Con este Plan Alternativo Autónomo podrás percibir la prestación de jubilación como renta vitalicia –en cualquiera de sus modalidades–, renta financiera o recibir la totalidad de lo ahorrado en forma de capital. Igualmente, puedes retrasar la edad de jubilación y dejar tus ahorros en la Mutualidad para seguir obteniendo rendimientos sobre ello y recibirlo más tarde, en el momento que necesites.

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Preguntas frecuentes

Una vez dado de alta en la Mutualidad, ¿puedo darme de baja y pasarme al RETA?

Sí. Ten en cuenta que si ahora eliges la Mutualidad y más adelante decides cambiar al RETA, podrás mantener el Plan Alternativo Autónomo como un complemento a la previsión social pública, conservando a tu favor los derechos económicos generales. Esto no es posible en el RETA, en el que el cambio a la Mutualidad no es posible como sistema alternativo.

¿Si suspendo las aportaciones a la Mutualidad perdería todo el capital acumulado?

No, a diferencia de lo que ocurre en el RETA. Las aportaciones realizadas no se perderían y quedarían acumuladas, beneficiándose de la rentabilidad de la Mutualidad hasta el momento de su rescate.

¿Son compatibles las prestaciones de la Mutualidad con las de la Seguridad Social o con las que perciba de otras entidades?

Sí, existe jurisprudencia al respecto. Según la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 22 de junio de 2004 (REC 1/52/2003), es totalmente compatible cobrar prestaciones de la Mutualidad y de la Seguridad Social o de cualquier otra entidad privada al mismo tiempo.

¿Cuándo se pierde la condición de mutualista?

Se pierde la condición de mutualista en los casos de:

  • Fallecimiento del mutualista.
  • Como consecuencia de causar baja en todos los sistemas de ahorro y previsión de la Mutualidad.
  • Por adquirir la condición de beneficiario, al reconocerse las prestaciones de jubilación o incapacidad, al percibir la totalidad del capital acumulado en su cuenta de posición.
  • Por impago de las derramas pasivas acordadas.

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*Sistema SVA incluido en el Plan Universal de la Abogacía.

1. Rentabilidad a cierre de 2023: 3,83%, pendiente de aprobación por parte de la Asamblea General 2024.Rentabilidades pasadas no presuponen rentabilidades futuras.

2. Siempre que mantengas tu saldo acumulado hasta fin de año. Bonificación aplicada sobre las aportaciones extraordinarias realizadas del 1/3 al 31/7 de 2024. Ver bases de la promoción.

3. Todo lo que aportes a tu Plan Ahorro Flexible entre el 1 de marzo y el 31 de julio de 2024, podrás rescatarlo sin penalización alguna durante los 3 primeros años². Ver bases de la promoción. Las aportaciones realizadas a partir del 31 de julio de 2024, podrán ser rescatadas con las condiciones habituales: el primer año solo se podrá sacar lo aportado, sin rentabilidad. A partir del segundo año se cobrará un 2,5%, y del segundo al tercero un 1%. A partir de la finalización del tercer año desde la contratación inicial del Plan de Ahorro Flexible, el valor de rescate será el fondo acumulado sin ninguna penalización.

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