Nivel de Riesgo
1/6 Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo 1/6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo.
Alertas de liquidez
Este producto no precisa ninguna alerta de liquidez.

Seguro de renta vitalicia

Plan Renta Vitalicia

El Plan Renta Vitalicia es una manera segura y fiable de tener tus ahorros protegidos y recibir una renta vitalicia –o durante el tiempo que necesites– y todo ello con unas atractivas ventajas fiscales.

Este producto de seguro está dirigido a personas que, disponiendo ya de un capital de ahorro, quieran protegerlo con la seguridad de obtener una alta rentabilidad y al mismo tiempo conseguir unos ingresos periódicos.

Abuelo mirando por ventana
Excelente rentabilidad
*Rentabilidad antes de gastos de gestión y costes de coberturas aseguradoras. Rentabilidad bruta 3,30%. La rentabilidad efectiva determinada por el cociente entre el total de las rentas del año y la aportación pagada para la modalidad de renta vitalicia con devolución total del capital aportado (con rescate) depende de la edad y varía entre el 3 % y el 3,10 % para edades de contratación entre los 60 y los 90 años. Para otras edades o para la modalidad con devolución parcial del capital, consultar con la Mutualidad. Rentabilidades pasadas no implican rentabilidades futuras.

¿Quieres saber si cumples con las características necesarias para ser mutualista?

Características

Modalidades de renta

Cada persona tiene sus circunstancias y necesidades, por lo que este Plan de Renta Vitalicia propone dos modalidades.

¿Qué prefieres: dejar una cantidad más alta en herencia o cobrar una renta más alta mensualmente?

Grandes ventajas fiscales

Solo una parte de la renta obtenida tributará en el IRPF como rendimiento de capital mobiliario, en función de tu edad en el momento de la contratación.

Este porcentaje permanecerá invariante durante toda la vida del seguro, salvo en Navarra que se irá actualizando a medida que el o la mutualista vaya cumpliendo años.

Sobre el rendimiento calculado se aplicará la retención vigente en ese momento.

Chico sonriente
Edad de contratación % de la renta sujeta a tributación
Menos de 40 años 40%
Entre 40 y 49 años 35%
Entre 50 y 59 años 28%
Entre 60 y 65 años 24%
Entre 66 y 69 años 20%
70 años o más 8%

¿Qué necesito hacer para contratar?

Si ya eres mutualista, puedes solicitar la contratación de este producto accediendo a tu área privada.

Si todavía no eres mutualista, contrata este producto descargando y cumplimentando la solicitud de contratación.

¿Necesitas ayuda?

Estamos a tu disposición para solucionar cualquier duda que puedas tener sobre este producto y su contratación, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

Preguntas frecuentes

Me jubilé y cobro una pensión de jubilación. He visto que tenemos un producto que me permitiría complementarla. ¿En qué consiste este seguro?

Con el seguro de Renta Vitalicia Remunerada recibirás el pago de una renta mensualmente durante toda la vida. Es una manera segura, rentable y fiscalmente muy atractiva de convertir en una pensión una cantidad que tengamos ahorrada.

En la Mutualidad existen hasta 2 modalidades de renta, desde la más clásica —en la que se cobra indefinidamente, mientras viva la persona asegurada— hasta una en la que es posible la recuperación de la aportación efectuada.

El comienzo del cobro de la renta vitalicia, sea cual sea la modalidad elegida, se efectúa a partir del primer mes de pago efectivo de la prima, y se seguirá abonando al o la mutualista por mensualidades, naturales, completas y vencidas.

¿En qué consiste la atractiva fiscalidad de la Renta Vitalicia Remunerada?

Las rentas vitalicias percibidas tributan como rendimiento de capital mobiliario en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. El tipo de gravamen se fija en un 19% hasta 6.000 euros, un 21%, hasta los 50.000 y un 23% para el resto.

Pero la ventaja fiscal es que hay una parte exenta. Se grava solamente un porcentaje de la renta anual que se percibe, el cual se establece en función de la edad de la persona beneficiaria en el momento de constituirse la misma (ejemplo: si en el año 2018 se contrata con 70 años, el porcentaje de renta que tributa es solamente un 8%, con lo que la retención a cuenta del impuesto se reduce al 1,52% en lugar del 19%).

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