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Tú decides... Aquí empieza tu futuro
Hay decisiones muy importantes en nuestra vida. Si eres abogado y vas a colegiarte como ejerciente, estás ante una de ellas: debes elegir entre el Régimen de Autónomos (RETA) o la Mutualidad de la Abogacía. O, lo que es lo mismo, entre el sistema financiero de reparto o el sistema de capitalización individual.
Te explicamos en detalle las dos opciones para que puedas tomar la mejor decisión.
Descubre cuánto puedes ahorrar al elegir la Mutualidad de la Abogacía
¿Cuántos años tienes?
(introduce una edad entre 20 y 47 años)
Comparativa del total aportado los 5 primeros años
Mutualidad
RETA
Capital estimado a la edad de jubilación en la Mutualidad*
0€
Ahorro en las cuotas al final de 5 años
0€
*Capital estimado correspondiente a los mínimos de contratación según una rentabilidad anual estimada del 3,5% hasta los 67 años.
Diferencias entre la Mutualidad y el RETA
Es importante que tengas en cuanta las diferencias entre ambos sistemas.
Diferencias cualitativas
La posibilidad de que “se pierda” lo cotizado durante toda la vida
Mutualidad de la Abogacía
En la MUTUALIDAD, en caso de fallecimiento, el capital aportado lo cobrarán tus beneficiarios. Además, si suspendes tus cuotas, el dinero aportado lo cobrarás igualmente al cumplir la edad de jubilación.
Régimen de autónomos (RETA)
En el RETA, en caso de fallecimiento, las prestaciones que reciben los beneficiarios, en su caso, no dependen de las cuotas pagadas.
La “titularidad” de las cuotas que pagas
Mutualidad de la Abogacía
En la MUTUALIDAD, al ser un sistema de capitalización individual, las cuotas que aportas son tuyas.
Régimen de autónomos (RETA)
En el RETA, al ser un sistema de reparto, las cuotas que aportas son de la Seguridad Social y sirven para pagar a los pensionistas actuales. Así pues, tu pensión puede verse alterada por circunstancias ajenas a ti.
El acceso a los derechos pasivos y la seguridad de alcanzarlo
Mutualidad de la Abogacía
Aportación definida: al ser tuyas las cuotas, los derechos pasivos son efectivos y tangibles individualmente. Con tus cuotas vas constituyendo un capital personal (y pagando las primas del seguro de invalidez), que la Mutualidad invierte y rentabiliza a tu favor (en los últimos 10 años la media de esta rentabilidad ha sido de más de un 4%), dándote cuenta trimestralmente de tu posición.
Régimen de autónomos (RETA)
Tienes la expectativa de percibir unas pensiones de jubilación, invalidez o causar la de viudedad u orfandad en la forma y en la cuantía reglamentariamente prevista. Estas pensiones se pagarán con las cuotas de los activos que existan cuando te jubiles (sistema de reparto), y dependerá de que estas sean suficientes.
La versatilidad de las prestaciones
Mutualidad de la Abogacía
En la MUTUALIDAD, más allá de cotizar el mínimo exigible para ser alternativo al RETA, puedes aumentar tus aportaciones con el fin de mejorar tus prestaciones y, cuando alcances la edad de jubilación, puedes elegir cómo cobrar tu dinero: distintos tipos de renta, como capital, etc.
Régimen de autónomos (RETA)
En el RETA las pensiones tienen cuantías fijas y reglamentadas, y aunque puedes escoger la base de cotización en una escala de un mínimo y un máximo, la cuantía de las pensiones dependerá de las bases elegidas durante toda tu vida. No puedes elegir entre distintas formas de prestación.
La revalorización de las prestaciones
Mutualidad de la Abogacía
En la Mutualidad se revaloriza anualmente el capital que se va constituyendo con las aportaciones gracias a la rentabilidad del Plan Universal, con lo que acabarás obteniendo un capital muy superior al aportado. La media de la rentabilidad del Plan Universal desde su creación supera el 5 %; de seguir así, cada 13 años se duplicará el capital aportado directamente.
Régimen de autónomos (RETA)
En el RETA las pensiones se revalorizan anualmente conforme decida el Gobierno.
Compatibilidad con el ejercicio de la Abogacía
Mutualidad de la Abogacía
En la MUTUALIDAD puedes cobrar tu pensión y seguir ejerciendo la actividad profesional.
Régimen de autónomos (RETA)
En el RETA en caso de que quieras compatibilizar la jubilación con el ejercicio profesional, solo puedes cobrar el 50 % de la misma.
Acumulabilidad
Mutualidad de la Abogacía
En la MUTUALIDAD las prestaciones son compatibles con las públicas sin que exista una cantidad máxima.
Régimen de autónomos (RETA)
En el RETA las pensiones se acumulan a las restantes pensiones públicas que puedas haber generado y están sujetas al máximo establecido.
Reversibilidad o irreversibilidad de la opción
Mutualidad de la Abogacía
Si optas por la MUTUALIDAD, la decisión es reversible y en cualquier momento puedes optar por afiliarte al RETA si lo prefieres. En este caso nunca perderás el capital que hayas constituido en la Mutualidad, que puedes mantener o mejorar como sistema complementario de tu jubilación.
Régimen de autónomos (RETA)
Si optas por el RETA, la decisión es irreversible y deberás seguir afiliado de por vida al sistema público.
Información sobre tu pensión
Mutualidad de la Abogacía
En la MUTUALIDAD sabes en cualquier momento el dinero que tienes.
Régimen de autónomos (RETA)
En el RETA tan solo tienes una expectativa del derecho de cobro futuro.
Diferencias cuantitativas
Desde la Mutualidad, como entidad alternativa al Régimen de Autónomos, te ofrecemos nuestro Sistema de Previsión Social Profesional para iniciar tu carrera. Esta es la alternativa más básica de contratación, con la cuota más baja y las coberturas mínimas que necesitas.
Nuestra alternativa más basica
Mutualidad de la Abogacía 1
Edad | 1º año | 2º año | 3º año | 4º año |
---|---|---|---|---|
25 años | 25,00 | 50,00 | 50,00 | 150,00 |
30 años | 25,00 | 50,00 | 50,00 | 150,00 |
35 años | 50,00 | 60,00 | 75,00 | 160,00 |
40 años | 100,00 | 150,00 | 200,00 | 230,00 |
45 años | 100,00 | 150,00 | 200,00 | 240,00 |
48 años | 250,00 | 257,50 | 265,23 | 273,18 |
*Las cuotas a partir del 4º año son crecientes al 3 % hasta los 67 años, edad prevista de jubilación en la Mutualidad.
Régimen de Autónomos (RETA) 2
Edad | 1º año | 2º año | 3º año | 4º año | |
---|---|---|---|---|---|
1º tri | 2º tri | ||||
25 años | 60,00 | 141,66 | 198,32 | 198,32 | 283,32 |
30 años | 60,00 | 141,66 | 198,32 | 283,32 | 283,32 |
35 años | 60,00 | 141,66 | 198,32 | 283,32 | 283,32 |
40 años | 60,00 | 141,66 | 198,32 | 283,32 | 283,32 |
45 años | 60,00 | 141,66 | 198,32 | 283,32 | 283,32 |
48 años | 60,00 | 152,78 | 213,89 | 305,55 | 305,55 |
1. Opciones y Tarifas vigentes de la Mutualidad de la Abogacía abril 2019.
2. Estimación en conformidad con las Bases mínimas de cotización al Régimen de Autónomos en 2019. Sin revisión anual. Cuarto semestre aplica 30% reducción en cuota tres meses y 30% de bonificación en cuota los otros tres. En el 3er año aplica una cuota bonificada (30%) a hombres menores de 30 años y a mujeres menores de 35.
También ganas en coberturas
El ahorro en las cuotas no supone, de ningún modo, menores coberturas. Compruébalo con la siguiente comparativa, correspondiente a las prestaciones generadas mediante la aportación mínima en ambos sistemas.
Jubilación
Mutualidad de la Abogacía 1
Edad | Renta | Capital |
---|---|---|
25 años | 15.226 €/año | 232.524 € |
30 años | 11.611 €/año | 175.475 € |
35 años | 8.522 €/año | 127.390 € |
40 años | 9.696 €/año | 143.278 € |
45 años | 7.115 €/año | 103.880 € |
48 años | 6.767 €/año | 98.059 € |
Capital objetivo estimado a los 67 años de edad de jubilación; es posible anticiparla a los 65. Prestación en forma de renta vitalicia, renta financiera, capital o mixta. Rentabilidad estimada: 3,50 %. El importe de renta vitalicia indicado es determinado conforme a las condiciones actuales de contratación.
Régimen de Autónomos (RETA) 2
Edad | Renta |
---|---|
25 años | 11.332,80 €/año |
30 años | 11.332,80 €/año |
35 años | 10.058,99 €/año |
40 años | 8.767,05 €/año |
45 años | 7.814,89 €/año |
48 años | 7.605,94 €/año |
Prestación en forma de renta vitalicia a los 67 años. No es posible otra forma de cobro. Periodo mínimo de cotización de 15 años.
1. Opciones y Tarifas vigentes de la Mutualidad de la Abogacía abril 2019.
2. Estimación en conformidad con las Bases mínimas de cotización al Régimen de Autónomos en Sin revisión anual. Renta vitalicia conforme a normativa vigente y sin aplicación de Factor de sostenibilidad (comparativa con prestaciones actuales).
Incapacidad Permanente
Mutualidad de la Abogacía 1
Hasta 35 años | 14.400,00 €/año |
De 36 a 40 años | 14.400,00 €/año |
De 41 a 50 años | — |
Renta vitalicia constante hasta el fallecimiento. No se pierde el ahorro acumulado, que se puede hacer efectivo a partir de los 65 años. Sin periodo mínimo de cotización. Necesario test estado salud.
Régimen de Autónomos 2
Hasta 35 años | |
De 36 a 40 años | Entre 6.111 y 11.333 €/año, según edad de entrada. |
De 41 a 50 años |
Renta vitalicia hasta el fallecimiento. Incompatible con la jubilación. Periodo mínimo de cotización de 5 años. Sin test de estado de salud.
1. Opciones y Tarifas vigentes de la Mutualidad de la Abogacía abril 2019.
2. Estimación en conformidad con las Bases mínimas de cotización al Régimen de Autónomos en Sin revisión anual. Renta vitalicia conforme a normativa vigente y sin aplicación de Factor de sostenibilidad (comparativa con prestaciones actuales).
Incapacidad Temporal (Opción A)
Mutualidad de la Abogacía 1
Indemnización diaria | 30 €/día a partir del 7º día. Máximo 365 días. |
Maternidad o adopción | 120 días = 3.600 € (4 pagos 900 €/mes). |
Aborto espontáneo | 600 € pago único. |
Paternidad | 35 días: 1.050 € pago único. |
Lactancia | 75 € pago único. |
Cuidado de menores con enfermedad grave (Reducción jornada laboral más de 50% para el cuidado del menor enfermo) | 18 €/día a partir del 7º día. Máximo 365 días |
Régimen de Autónomos (RETA) 2
Indemnización diaria | Entre 4 y 20 días, 19 €/día. A partir de 21 días, 24 €/día. Máximo 18 meses. |
Maternidad o adopción | 112 días de baja remunerada. Bonificación de la cuota de autónomos del 100% durante el periodo de descanso. |
Aborto espontáneo | — |
Paternidad | 5 semanas de baja remunerada. Incompatible con la madre. Bonificación de la cuota de autónomos del 100% durante el periodo de descanso. |
Lactancia | — |
Cuidado de menores con enfermedad grave (Reducción jornada laboral más de 50% para el cuidado del menor enfermo) | 16 €/día |
1. Opciones y Tarifas vigentes de la Mutualidad de la Abogacía abril 2019.
2. Estimación en conformidad con las Bases mínimas de cotización al Régimen de Autónomos en Sin revisión anual. Renta vitalicia conforme a normativa vigente y sin aplicación de Factor de sostenibilidad (comparativa con prestaciones actuales).
Fallecimiento
Mutualidad de la Abogacía 1
Capital fallecimiento | Ahorro acumulado + 10 % del ahorro, con un mínimo de 150.000 € para menores de 40 años. Opción de anticipo de gastos de sepelio de hasta 6.000 € y garantía de traslado de restos mortales. |
Cobro de la prestación flexible, como renta vitalicia, renta financiera, capital o mixta. Fallecimiento por cualquier causa. Sin periodos mínimos de cotización. Necesario test de estado de salud.
Régimen de Autónomos (RETA) 2
Capital fallecimiento | 46,45 € de capital único para gastos por defunción. |
Renta anual vitalicia de viudedad entre 5.893 y 6.355 €/año, según edad de entrada. Renta temporal por orfandad hasta la edad de 25 años entre 2.267 y 2.444 €/año, según edad de entrada.
1. Opciones y Tarifas vigentes de la Mutualidad de la Abogacía abril 2019.
2. Estimación en conformidad con las Bases mínimas de cotización al Régimen de Autónomos en Sin revisión anual. Renta vitalicia conforme a normativa vigente y sin aplicación de Factor de sostenibilidad (comparativa con prestaciones actuales).
Asistencia Sanitaria Pública
Mutualidad de la Abogacía 1
Gratuita | Incluida |
Régimen de Autónomos (RETA) 2
Gratuita | Incluida |
1. Opciones y Tarifas vigentes de la Mutualidad de la Abogacía abril 2019.
2. Estimación en conformidad con las Bases mínimas de cotización al Régimen de Autónomos en Sin revisión anual. Renta vitalicia conforme a normativa vigente y sin aplicación de Factor de sostenibilidad (comparativa con prestaciones actuales).
Otros Servicios
Mutualidad de la Abogacía 1
Seguro de accidentes de hasta 100.000 € (50.000 por el Colegio + 50.000 por el CGAE) gratuito el primer año. |
Régimen de Autónomos (RETA) 2
1. Opciones y Tarifas vigentes de la Mutualidad de la Abogacía abril 2019.
2. Estimación en conformidad con las Bases mínimas de cotización al Régimen de Autónomos en Sin revisión anual. Renta vitalicia conforme a normativa vigente y sin aplicación de Factor de sostenibilidad (comparativa con prestaciones actuales).
Contrata ya la Alternativa al Régimen de Autónomos
Deberás enviar esta solicitud a la sede de la Mutualidad:
Dirección postal
C/ Serrano, 9. 3ª planta. 28001 Madrid
Fax
914 31 99 15
Correo electrónico
sam@mutualidadabogacia.com